El Tribunal Supremo rechazó la suspensión cautelar que había pedido Vox acerca del cierre perimetral de la Comunidad de Madrid tanto para el puente de San José como la Semana Santa.
Sanidad y las autonomías acordaron un plan único para ambas festividades en donde obligaba a cada región a realizar un cierre perimetral para evitar la propagación del virus en estos periodos; sin embargo, el Ejecutivo regional de Díaz Ayuso se negó a apoyarlo y tomó la vía jurídica para recurrir la medida.
La Salda de los Contencioso-Administrativo desestimó la medida cautelar que había solicitado el partido Vox en la Asamblea de Madrid en rechazo al decreto del 12 de marzo, de la presidenta de Madrid, que ordenó el cierre perimetral de la región conforme a lo que acordó el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del 10 de marzo.
El 18 de este mes, el tribunal ya había denegado la suspensión cautelarísima solicitada por Vox y dio un tiempo determinado a la Comunidad y al Abogado del Estado para presentar su defensa acerca de este tema.
La autonomía afirmó que no veía viable la suspensión por razones de prudencia, mientras que la Abogacía dijo que no se había concretado el prejuicio irreversible que causaría el decreto, además de aducir la falta de legitimación activa del Grupo Parlamentario de Vox en la Asamblea de Madrid y de Rocío Monasterio para recurrir.
A pesar de esto el Supremo se opone a suspender cautelarmente el decreto al desestimar dichas alegaciones.